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¿Qué es y cómo se calcula el Impuesto al Patrimonio?

Qué es el Impuesto al Patrimonio

¿Todavía no tenés muy claro qué es el Impuesto al Patrimonio? ¡Tranquilo! Para que el tema no te agobie, acá te explicamos a detalle este concepto, cómo se calcula, las tasas aplicables y otros aspectos clave sobre el tema.

¿Qué es el Impuesto al Patrimonio (IPAT)?

El Impuesto al Patrimonio —también conocido como IPAT— es un tributo de carácter directo y de naturaleza personal que grava el patrimonio neto fiscal, entendiendo por este el conjunto de bienes y derechos situados, colocados o utilizados económicamente en el país.

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Quiénes deben pagar el Impuesto al Patrimonio

Los sujetos pasivos de este impuesto —Personas Físicas (PF), Núcleos Familiares (NF) y Sucesiones Indivisas (SI) sin importar su nacionalidad o residencia— están obligados a presentar Declaración Jurada (DJ) anual si su patrimonio en Uruguay al 31 de diciembre de cada año supera el Mínimo No Imponible (MNI).

Para el ejercicio 2022 el Mínimo No Imponible se ubica en $5.831.000. En caso de liquidar por Núcleo Familiar, el importe anterior se duplica y se fija en $11.662.000.

Si querés saber qué es el IVA y cómo calcularlo, no dejes de acceder a este artículo. ¡Te lo contamos todo!

Determinación del patrimonio

El patrimonio se determina por diferencia de activo y pasivo ajustados fiscalmente de acuerdo al Título 14 del Texto Ordenado y su reglamentación.

La tasas aplicables del IPAT son de 1,5 % para personas jurídicas y 3% si son entidades residentes, domiciliadas, constituidas o ubicadas en países o jurisdicciones BONT (Baja o Nula Tributación), o que se beneficien de un régimen especial de BONT. Por su parte, las personas físicas tributan a tasas progresivas que varían entre 0,2% o 0,7% y 0,5 o 1,5%.

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¿Cómo se calcula el Impuesto al Patrimonio?

Para calcular bien el Impuesto al Patrimonio, primero tenés que saber a cuánto asciende el patrimonio y luego aplicar la tasa correspondiente.

Adicionalmente, debés considerar lo siguiente: si el contribuyente es o no residente y qué tipo de sujeto pasivo es. En caso de que el contribuyente sea no residente, fíjate además si este tributa el Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR) o no.

A continuación, te compartimos las distintas tasas que se encuentran vigentes.

Tasas del Impuesto al Patrimonio aplicables a los diferentes tramos de monto imponible

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Impuesto al Patrimonio

¿Querés saber qué es el IRPF en Uruguay? Acá te dejamos un artículo completo con todo lo que necesitás saber al respecto. ¡No dejes de leerlo!

Declaración Jurada: ¿cómo y cuándo debe ser presentada?

El Impuesto al Patrimonio suele ser declarado anualmente. Para hacer este trámite, está disponible el Formulario 2104 para Persona Física, Núcleos Familiares y Sucesiones Indivisas (Período 2022). A este documento podés acceder en línea desde la aplicación SIGMA de la DGI.

Esta declaración y el pago de los saldos correspondientes se realiza dentro de las fechas establecidas en el calendario de vencimientos de la Administración Tributaria para evitar multas o sanciones por incumplimiento.

¡Ah, y no lo olvides! El plazo para el pago del saldo, su sobretasa y el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en sucesiones indivisas, así como la presentación de la Declaración Jurada 2022 ya vencieron, estas estaban para el 19 y 23 de mayo respectivamente.

Primer pago a cuenta y su sobretasa, año 2023 21 de septiembre de 2023
Segundo pago a cuenta y su sobretasa, año 2023 20 de octubre de 2023
Tercer pago a cuenta y su sobretasa, año 2023 21 de diciembre de 2023
Art. 6.º D.30/015 saldo Impuesto al Patrimonio y su sobretasa y declaración jurada 2022 13 de febrero de 2023
Art. 6.º D.30/015 anticipo Impuesto al Patrimonio y su sobretasa, 80% a cuenta año 2023 21 de diciembre de 2023

Una vez elaborada la Declaración Jurada, tendrás dos opciones para presentarla:

  1. En un medio magnético (CD o Pendrive) que podés entregar en las oficinas de Abitab o RedPagos
  2. Enviarlo directamente por Web a la DGI

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Ahora que tenés claro qué es el Impuesto al Patrimonio y cómo se calcula, asegurate de cumplir con tus obligaciones tributarias y con los procesos exigidos por la ley para que tu empresa no incurra en alguna sanción.

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Escrito por Lizeth Restrepo Arboleda

Comunicadora periodista con más de 7 años de experiencia en redacción de textos para diferentes sectores, gestión de redes sociales y administración de CMS. Mi objetivo es escribir contenidos que ayuden a contadores y empresarios a ampliar sus conocimientos y resolver sus desafíos más complejos.

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