Impuesto de Primaria en Uruguay: todo lo que tenés que saber en 2026
Si te preguntás qué es el Impuesto Anual de Enseñanza Primaria, quiénes deben pagarlo y qué variables considerar para su cálculo, ¡llegaste al lugar indicado!
En este artículo encontrarás datos, valores y disposiciones vigentes definidos por la DGI, además de todo lo que necesitás saber sobre el tema. También compartimos información detallada para que puedas declarar tus obligaciones a tiempo y sin mayores complicaciones.
¿Qué es el Impuesto Anual de Enseñanza Primaria o Impuesto de Primaria?
Es un tributo que grava las propiedades inmuebles urbanas, suburbanas y rurales. Asume el nombre de Impuesto de Primaria porque el dinero recaudado se utiliza para financiar los gastos e inversiones del Consejo de Educación Primaria.
El hecho generador del impuesto se configura el 1 de enero de cada año. Su cálculo se realiza sobre el valor imponible o valor real catastral vigente del inmueble (padrón), el cual es determinado por la Dirección Nacional de Catastro y actualizado según las disposiciones del Poder Ejecutivo.
¿Quiénes pagan el Impuesto de Primaria?
Los contribuyentes de este tributo son todos los propietarios, promitentes compradores (con o sin promesa inscripta), usufructuarios y poseedores de bienes inmuebles urbanos, suburbanos y rurales de todo el país.
La obligación de este impuesto rige a partir del año siguiente a la adquisición del inmueble. No obstante, existen exoneraciones de pago para viviendas cuyo valor catastral no supere el monto establecido anualmente —fijado en $282.612 para este 2026—, siempre que se cumplan las condiciones legales vigentes.
Montos mínimos eximidos de años anteriores
Los montos mínimos eximidos del pago del impuesto de años anteriores son:
| Año |
Valor |
| 2015 |
$130.155 |
| 2016 |
$142.050 |
| 2017 |
$154.692 |
| 2018 |
$163.587 |
| 2019 |
$177.099 |
| 2020 |
$190.878 |
| 2021 |
$209.813 |
| 2022 |
$225.360 |
| 2023 |
$247.783 |
| 2024 |
$257.396 |
| 2025 |
271.091 |
Fuente: Dirección General Impositiva (DGI)
IMPORTANTE: El mínimo exonerado se evalúa por padrón, según el valor imponible determinado por catastro.
¿Querés saber qué es el IRPF en Uruguay? Acá te dejamos un post completo con todo lo que necesitás saber al respecto. ¡No dejes de leerlo!
¿Quiénes están exonerados del pago del Impuesto de Primaria?
- Viviendas de bajo valor catastral destinadas a casa/habitación que no superen el monto de $282.612.
- Inmuebles del Estado y los Gobiernos Departamentales.
- Instituciones educativas y culturales sin fines de lucro
- Templos religiosos.
- Inmuebles de gobiernos extranjeros.
¿Cómo se calcula el Impuesto de Primaria?
Para calcular el Impuesto de Primaria, hay varios factores a considerar, como los montos imponibles, las alícuotas de años anteriores y, por supuesto, el valor expuesto en la cédula catastral.
A continuación te compartimos los montos imponibles y las alícuotas del impuesto para el 2026:
| Franjas |
Desde |
Hasta |
Alícuotas |
| 1 |
282.612 |
494.568 |
0.15% |
| 2 |
494.569 |
2.119.563 |
0.2% |
| 3 |
2.119.564 |
4.945.638 |
0.25% |
| 4 |
4.945.639 |
en adelante |
0.3% |
Y ahora bien… ¿cómo es el proceso? Acá te lo explicamos:
Hacer el cálculo es bastante simple: solo tenés que identificar la franja correspondiente, de acuerdo al valor imponible expuesto en la cédula catastral, y luego aplicarle a ese valor el porcentaje de la alícuota. Ejemplo: Si el bien posee un valor imponible de $1.000.000, le corresponde la alícuota de la franja 2; por lo tanto, el valor a pagar será de $2000.
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¿Cómo y cuándo se paga el Impuesto de Primaria?
El Impuesto de Primaria puede abonarse en un solo pago o en tres cuotas de acuerdo con las siguientes fechas:
- Inmuebles rurales afectados directa o indirectamente a explotaciones agropecuarias
| 1.ª cuota |
29 de mayo de 2026 |
| 2.ª cuota |
31 de agosto de 2026 |
| 3.ª cuota |
30 de octubre de 2026 |
- Inmuebles urbanos, suburbanos y rurales sin explotación agropecuaria
| 1.ª cuota |
Hasta el 29 de mayo de 2026 |
| 2.ª cuota |
Entre el 1 de julio y el 31 de agosto de 202 |
| 3.ª cuota |
Entre el 14 de septiembre y el 30 de octubre de 2026 |
Si querés saber qué es el IVA y cómo calcularlo, entonces este artículo te puede interesar.
El trámite para el pago es un proceso sencillo y no te tomará demasiado tiempo; acá te indicamos los pasos para hacerlo.
- Ingresá al sitio web de la DGI: elegí la opción «Impuesto de Primaria» y posteriormente seleccioná «Pagos en línea» y luego el tipo de pago.
- Completá todos los datos que te solicitará la plataforma. Revisala y asegurate de que todos los datos son correctos.
- ¡Y listo! Así de fácil estarás cumpliendo con tus obligaciones y contribuyendo con la educación primaria del país.
También podés abonar a través de débito automático o acudir a una de las redes de cobranza Abitab, Redpagos y Correo Uruguayo de todo el país para hacer todo el proceso de forma presencial.
Más allá de este impuesto, es recomendable planificar tu cierre fiscal anual. Para comprender mejor tus obligaciones tributarias, es clave tener una visión clara de los ciclos contables y financieros de tu empresa.
En nuestro artículo Cierre fiscal anual: herramientas y consejos prácticos, te explicamos cómo prepararlo y optimizarlo, con tips que también pueden ayudarte a enfrentar correctamente el Impuesto Anual de Enseñanza Primaria.
Consecuencias de no pagar el Impuesto de Primaria
No cumplir con el pago de este impuesto puede acarrear diversas sanciones tributarias que es importante que conozcas para evitar complicaciones legales y financieras.
Multa por mora
El porcentaje estará fijado en forma gradual, atendiendo a la demora en la cancelación de las obligaciones.
- 5% si el tributo se abona dentro de los 5 días hábiles después del vencimiento.
- 10% si se paga después de los 5 días hábiles y antes de los 90 días corridos del vencimiento.
- 20% si paga después de los 90 días corridos del vencimiento.
Recargos
Se calculan aplicando la tasa de recargos vigente, determinada a partir de la tasa media trimestral del mercado publicada por el Banco Central del Uruguay (BCU) para operaciones de crédito en moneda nacional sin cláusula de reajuste, conforme a la normativa tributaria aplicable.
Si querés profundizar en otras obligaciones tributarias que pueden impactar en tu empresa, podés leer: ¿Qué es y cómo se calcula el Impuesto al Patrimonio?
Gracias por haber llegado hasta acá; esperamos que puedas aprovechar esta información para que la gestión tributaria sea mucho más sencilla y obtengas excelentes resultados. Te invitamos a que sigas disfrutando de nuestro contenido en redes sociales e ingresando a nuestro blog. De seguro encontrás la solución para tu negocio.