
Si gestionás una cartera de clientes —como contador independiente o dentro de un estudio—, el Calendario Tributario de Uruguay 2026 no es solo un listado de fechas: es tu mapa operativo para todo el año.
Tener claros los vencimientos te permite distribuir mejor la carga de trabajo, anticipar picos operativos y evitar inconvenientes que luego consumen tiempo (y margen). Aquí encontrarás las principales fechas para organizar tu agenda fiscal con visión estratégica y prevenir recargos por pagos fuera de plazo.
El Calendario Tributario es el cronograma oficial publicado por la Dirección General Impositiva (DGI) que establece las fechas límite para cumplir con obligaciones fiscales en Uruguay: declaraciones juradas, anticipos, saldos y pagos a cuenta.
Cumplir con estos plazos es clave para mantener una empresa o actividad económica en regla, evitando multas, recargos e intereses por mora.
Para vos, como contador, implica:
Un calendario bien gestionado no solo asegura el cumplimiento: transforma la organización en una ventaja profesional y mejora la planificación financiera de todo el año.
Los contribuyentes que presten servicios fuera de una relación de dependencia, los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) son bimestrales.
Descubrí más sobre qué es el IRPF y cómo funciona en nuestro contenido especialmente dedicado a este tema.
Para los contribuyentes de IVA Mínimo, los pagos vencen, por regla general, el día 20 de cada mes (o día hábil siguiente):
| Mes | Días de 2026 |
|---|---|
| Febrero | 20 de marzo |
| Marzo | 20 de abril |
| Abril | 20 de mayo |
| Mayo | 22 de junio |
| Junio | 20 de julio |
| Julio | 20 de agosto |
| Agosto | 21 de septiembre |
| Septiembre | 20 de octubre |
| Octubre | 20 de noviembre |
| Noviembre | 21 de diciembre |
IMPORTANTE: Estas fechas suelen concentrar un alto volumen de trabajo en estudios con carteras de pequeños contribuyentes. Automatizar recordatorios y segmentar por régimen puede ahorrarte varias horas de gestión al mes.
Este impuesto exige una carga técnica alta debido a la revisión patrimonial de personas físicas, núcleos familiares y sucesiones indivisas. Cuenta con fechas específicas para la declaración jurada y el pago de anticipos.
Tené en cuenta que, en clientes con estructuras societarias o activos relevantes, estas fechas impactan directamente en la proyección financiera anual y el flujo de caja. Por eso, una planificación anticipada es clave para evitar que los saldos a pagar comprometan el capital de trabajo en momentos clave del año.
Conocé todos los vencimientos del Impuesto al Patrimonio en esta guía completa. ¡Accedé ahora!
El Impuesto Anual de Enseñanza Primaria o Impuesto de Primaria es una obligación clave para propietarios de inmuebles urbanos, suburbanos y rurales. Aunque el pago suele estar habilitado desde principios de año, los vencimientos de cuotas son:
Dentro del Calendario Tributario Uruguay 2026, uno de los períodos que requiere mayor planificación es el relacionado con el cierre del IRPF correspondiente al ejercicio 2025.
Durante estos meses se concentran vencimientos vinculados a declaraciones juradas, saldos pendientes y otras obligaciones que pueden impactar directamente en la organización de tu agenda fiscal.
Para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2025, la DGI estableció los siguientes plazos para sus presentaciones:
Los plazos son los mismos para todos los últimos dígitos de RUC, cédula de identidad o NIE.Para el IASS existen alternativas de pago específicas establecidas por la DGI.
Para evitar demoras y correcciones de último momento, prepará con anticipación la documentación necesaria y revisá que toda la información coincida con los registros del ejercicio.
La obligación de presentar la declaración jurada de IRPF o IASS depende de la situación particular de cada contribuyente, de los ingresos obtenidos durante el ejercicio y de las retenciones y anticipos realizados durante el año.
Según la DGI, están obligados a presentar la declaración jurada de IRPF los siguientes contribuyentes:
Trabajadores dependientes que durante enero-diciembre de 2025:
Los trabajadores de la construcción se consideran multiingreso y esta situación puede alcanzar a trabajadores de sectores como salud y educación.
Trabajadores independientes: deben presentar declaración jurada quienes hayan prestado servicios personales fuera de una relación de dependencia durante 2025 y no hayan tributado IRAE por esas rentas. Además, cuando corresponda, deben presentar la declaración de IVA por servicios personales.
Personas que obtuvieron rentas de capital: deben presentar declaración jurada quienes hayan obtenido rentas de capital —por ejemplo, intereses o incrementos patrimoniales— que no hayan sido objeto de retención.
Para la campaña 2026, correspondiente al ejercicio 2025, están obligados a presentar declaración jurada de IASS los jubilados y pensionistas que se encuentren en alguna de estas situaciones:
Quienes no se encuentren en estas situaciones no están obligados a presentar la declaración jurada. Sin embargo, pueden hacerlo si tuvieron retenciones de IASS durante 2025 y desean acceder al crédito fiscal por arrendamiento.
Importante: la DGI anunció que, a partir de 2027, los jubilados y pensionistas contribuyentes del IASS ya no estarán obligados a presentar la declaración jurada ni a gestionar el pago del saldo anual del impuesto, de acuerdo con el Decreto N.º 156/026, de 8 de julio de 2026.
El formulario que corresponde utilizar para presentar la declaración jurada de IRPF o IASS depende del tipo de renta obtenida y de la situación de cada contribuyente. Para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2025, que se presentan en 2026, los principales formularios son:
Es importante que distingas estos formularios de otros que se utilizan durante el año. Por ejemplo, el Formulario 3100 permite a los trabajadores dependientes informar deducciones y otros datos para el cálculo de las retenciones de IRPF, pero no sustituye la declaración jurada anual.
Antes de presentar la declaración, te conviene verificar qué tipo de ingresos obtuviste durante el ejercicio y cuál es el formulario que te corresponde según tu situación.
Si de la declaración jurada de IRPF 2025 surge un saldo a pagar, la DGI permite abonarlo en cinco cuotas iguales. La presentación de la declaración jurada y el pago del saldo son instancias diferentes.
Los vencimientos establecidos por la DGI para pagar el saldo correspondiente al ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2025 son:
El saldo puede abonarse a través de Abitab, Red Pagos, Banred, bancos adheridos o mediante certificados de crédito electrónicos, según las opciones habilitadas por la DGI.
El llamado cierre de IRPF refiere a la liquidación correspondiente a un ejercicio fiscal, en la que se determina el impuesto considerando las rentas obtenidas, las deducciones, las retenciones y los anticipos realizados durante el año.
El resultado puede ser un saldo a pagar o, según el caso, un crédito a favor del contribuyente. Cuando existe un saldo a pagar, debes respetar los vencimientos establecidos por la DGI.
El ajuste anual determina el resultado final del impuesto correspondiente al ejercicio, mientras que la declaración jurada es la presentación de esa información ante la DGI cuando el contribuyente está obligado a realizarla.
Por eso, no utilices ambos conceptos como sinónimos: el ajuste forma parte de la determinación del impuesto y la declaración jurada es el trámite mediante el cual se informa esa liquidación a la Administración Tributaria.
Esta es una fecha clave que suele pasar desapercibida: el cierre del ingreso de información de IRPF ante BPS.
A partir del 30 de abril del año siguiente al ejercicio, se cierra el ingreso de información relacionada con IRPF. Desde el 1º de mayo ya no se realizan modificaciones que alteren deducciones o anticipos informados para ese ejercicio, por lo que cualquier gestión posterior debés tramitarla directamente ante la DGI.
La declaración jurada de IRPF 2025 se presenta hasta el 31 de agosto de 2026. Si además surge un saldo a pagar, también deben cumplirse los vencimientos de las cuotas establecidos por la DGI.
Cumplir con las fechas permite evitar incumplimientos y mantener al día las obligaciones tributarias.
En este 2026, la clave no está solo en conocer las fechas, sino en cómo las gestionás. Aplicar estas prácticas elevará el estándar de tu servicio y optimizará tu tiempo:
Recordá que, al ordenar tu agenda anual, reducís urgencias, mejorás la previsibilidad y ganás espacio para tareas de consultoría de mayor valor.
La DGI podría aplicar multas y recargos por mora según la normativa vigente, además de intereses hasta el pago efectivo.
Sí, pueden existir ajustes o prórrogas puntuales por resolución. Por eso es importante consultar la información publicada por la DGI.
Este cambio modifica tanto las fechas como las modalidades de pago. Es fundamental validar la categoría del cliente al inicio del ejercicio para evitar errores de calendario.
El primer gran pico es en mayo (Patrimonio y Primaria), seguido del periodo junio-agosto (Declaraciones IRPF/IASS) y los cierres de diciembre. Detectar esto a tiempo te permite planificar recursos desde el primer trimestre.
Funciona mejor un enfoque combinado, ya que reduce omisiones:
¡Llegamos al final! Gracias por leer hasta acá. Si querés tener todas las fechas clave organizadas para gestionar tu cartera durante el año, consultá nuestros contenidos y trabajá con previsión inteligente junto a Siigo|memory.