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Impuesto de Primaria en Uruguay: todo lo que necesitás saber
Si te preguntás qué es el Impuesto Anual de Enseñanza Primaria, quiénes deben pagarlo y qué variables considerar para el cálculo. ¡Llegaste al lugar indicado! En este artículo, encontrarás todo lo que necesitás saber sobre el tema; además, compartimos información detallada para que puedas declarar tus obligaciones a tiempo y sin mayores complicaciones.
¿Qué es el Impuesto Anual de Enseñanza Primaria o Impuesto de Primaria?
Es un tributo que grava a las propiedades inmuebles urbanas, suburbanas y rurales. Asume el nombre de Impuesto de Primaria porque el dinero recaudado se utiliza para financiar los gastos e inversiones del Consejo de Educación Primaria.
El hecho generador del impuesto se configura el 1 de enero de cada año y la base para el cálculo es el promedio de los valores reales catastrales de los últimos 5 periodos, actualizados por el Poder Ejecutivo.
¿Quiénes pagan el Impuesto de Primaria?
Los contribuyentes de este tributo son todos los propietarios, promitentes compradores (con o sin promesa inscripta), usufructuarios y poseedores de bienes inmuebles urbanos, suburbanos y rurales de todo el país; pero existen exoneraciones del pago establecidas para aquellos cuyo valor imponible expuesto en la cédula catastral sea inferior a $271.091 para este 2025.
Montos mínimos eximidos de años anteriores
Los montos mínimos eximidos del pago del impuesto de años anteriores son:
Año | Valor |
2015 | $130.155 |
2016 | $142.050 |
2017 | $154.692 |
2018 | $163.587 |
2019 | $177.099 |
2020 | $190.878 |
2021 | $209.813 |
2022 | $225.360 |
2023 | $247.783 |
2024 | $257.396 |
Fuente: Dirección General Impositiva (DGI)
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¿Cómo se calcula el Impuesto de Primaria?
Para calcular el Impuesto de Primaria, hay varios factores a considerar, como los montos imponibles, las alícuotas de años anteriores y, por supuesto, el valor expuesto en la cédula catastral.
A continuación te compartimos los montos imponibles y las alícuotas del impuesto para el 2025:
Montos imponibles y las alícuotas
Franja | Desde | Hasta | Alícuotas |
1 | 271.091 | 474.406 | 0.15% |
2 | 474.407 | 2.033.154 | 0.2% |
3 | 2.033.155 | 4.744.017 | 0.25% |
4 | 4.744.018 | en adelante | 0.3% |
Y ahora bien… ¿cómo es el proceso? Acá te lo explicamos:
Hacer el cálculo es bastante simple: solo tenés que identificar la franja correspondiente, de acuerdo al valor imponible expuesto en la cédula catastral, y luego aplicarle a ese valor el porcentaje de la alícuota. Ejemplo: Si el bien posee un valor imponible de $1.000.000, le corresponde la alícuota de la franja 2; por lo tanto, el valor a pagar será de $2000.
Te recordamos que Siigo|memory te proporciona un software administrativo 100% en la Nube que te permite calcular y mantener al día tus impuestos de acuerdo a los requerimientos establecidos por la Dirección General Impositiva (DGI). Este proceso es automatizado, por lo que reducís el tiempo dedicado a estas tareas administrativas y te enfocás en el crecimiento de tu negocio.
¿Cómo y cuándo se paga el Impuesto de Primaria?
El Impuesto de Primaria puede abonarse en un solo pago o en tres cuotas de acuerdo con las siguientes fechas:
- Inmuebles rurales afectados directa o indirectamente a explotaciones agropecuarias
1.ª cuota | 30 de mayo de 2025 |
2.ª cuota | 29 de agosto de 2025 |
3.ª cuota | 31 de octubre de 2025 |
- Inmuebles urbanos, suburbanos y rurales sin explotación agropecuaria
1.ª cuota | Entre el 2 de enero y el 30 de mayo de 2025 |
2.ª cuota | Entre el 1 de julio y el 29 de agosto de 2025 |
3.ª cuota | Entre el 12 de septiembre y el 31 de octubre de 2025 |
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El trámite para el pago es un proceso sencillo y no te tomará demasiado tiempo; acá te indicamos los pasos para hacerlo.
- Ingresá al sitio web de la DGI: www.dgi.gub.uy, elegí la opción «Impuesto de Primaria» y posteriormente seleccioná «Pagos en línea» y luego, el tipo de pago.
- Completá todos los datos que te solicitará la plataforma. Revisala y asegurate de que todos los datos son correctos.
- ¡Y listo! Así de fácil estarás cumpliendo con tus obligaciones y contribuyendo con la educación primaria del país.
También podés abonar a través de débito automático o acudir a una de las redes de cobranza Abitab, Redpagos y Correo Uruguayo de todo el país para hacer todo el proceso de forma presencial.
Consecuencias de no pagar el Impuesto de Primaria
No cumplir con el pago de este impuesto puede acarrear diversas sanciones tributarias que es importante que conozcas para evitar complicaciones legales y financieras.
Multa por mora
El porcentaje estará fijado en forma gradual, atendiendo a la demora en la cancelación de las obligaciones.
- 5% si el tributo se abona dentro de los 5 días hábiles después del vencimiento.
- 10% si se paga después de los 5 días hábiles y antes de los 90 días corridos del vencimiento.
- 20% si paga después de los 90 días corridos del vencimiento.
Recargos
Estos se calcularán incrementando en un 10% la última tasa media trimestral del mercado para grandes y medianas empresas, publicada por el Banco Central de Uruguay (BCU), para operaciones corrientes de crédito bancario concertadas sin cláusula de reajuste para plazos menores a un año, contemplada en el Decreto N.º 274 de 2008.
Gracias por haber llegado hasta acá; esperamos que puedas aprovechar esta información para que la gestión tributaria sea mucho más sencilla y obtengas excelentes resultados. Te invitamos a que sigas disfrutando de nuestro contenido en redes sociales e ingresando a nuestro blog. De seguro encontrás la Solución para tu negocio.
Escrito por Lizeth Restrepo Arboleda
Comunicadora periodista con más de 7 años de experiencia en redacción de textos para diferentes sectores, gestión de redes sociales y administración de CMS. Mi objetivo es escribir contenidos que ayuden a contadores y empresarios a ampliar sus conocimientos y resolver sus desafíos más complejos.